SII - Oficio N°2942 (30-08-1991)
Oficio N°2942 (30-08-1991) del SII
Abstracto
El SII responde sobre la depreciación de neumáticos de grandes dimensiones usados en minería, indicando que no fija una vida útil específica para repuestos y accesorios, sino que se sujetan a las normas generales de depreciación del activo inmovilizado.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2942, de 30 de agosto de 1991, del Director del Servicio de Impuestos Internos al Director Nacional de Aduanas. Materia: Depreciación de bienes del activo inmovilizado. Referencia: Oficio Reservado N° 07812, de 24 de julio de 1991.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Dirección Nacional de Aduanas consulta al SII sobre el período de depreciación aplicable a neumáticos de grandes dimensiones usados en faenas mineras, para la correcta aplicación de beneficios tributarios relacionados con el pago diferido de derechos de aduana establecidos en las Leyes N° 18.634 y N° 18.768.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es el período de depreciación fijado por el SII para los neumáticos de grandes dimensiones usados en las faenas mineras?
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se mencionan las instrucciones del SII sobre el tratamiento tributario de repuestos y accesorios de bienes del activo inmovilizado.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII indica que los repuestos y accesorios de bienes del activo inmovilizado deben mantenerse en el activo por su valor de adquisición, aplicando las revalorizaciones legales pertinentes...
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