SII - Oficio N°3564 (16-10-1991)
Oficio N°3564 (16-10-1991) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio 3564 de 1991, se pronuncia sobre la deducibilidad como gasto de las remisiones de créditos vencidos por bancos, remitiéndose a la normativa vigente y a las instrucciones impartidas conjuntamente con la Superintendencia de Bancos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3564, del 25 de septiembre de 1991, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Alcances sobre la deducción como gasto de la remisión de créditos vencidos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Asociación de Bancos e Instituciones Financieras de Chile A.G. solicita reconsideración de las normas sobre el tratamiento tributario de las remisiones parciales de créditos vencidos, contenidas en la Circular Conjunta N° 02.635-980.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita reconsiderar las normas de la Circular Conjunta N° 02.635-980 en relación al tratamiento tributario de las remisiones parciales de créditos vencidos efectuadas por bancos e instituciones financieras.
• Argumentos del consultante: La Asociación de Bancos indica que la Circular Conjunta no satisface las aspiraciones de la banca, limitando los montos remitidos que pueden ser considerados como gasto tributario. Argumentan que las condonaciones de deuda reflejan pérdidas reales del negocio bancario y deberían ser reconocidas en su totalidad, sin limitaciones, basándose en el artículo 31 N° 4 de la Ley de la Renta.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se menciona el artículo 31 N° 4 de la Ley de la Renta y las C...
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