SII - Oficio N°491 (31-01-1992)
Oficio N°491 (31-01-1992) del SII
Abstracto
El SII determina el tratamiento tributario de las consultoras (personas naturales o jurídicas) en el programa de Preinversión MIDEPLAN-BID, diferenciando entre IVA, Impuesto de Primera Categoría, Impuesto de Segunda Categoría e impuestos personales (Global Complementario o Adicional).
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 0491 del 2 de enero de 1992, del Director del Servicio de Impuestos Internos, dirigido al Secretario Ejecutivo del Programa de Preinversión MIDEPLAN-BID. Materia: Tributación de consultoras en el programa de Preinversión MIDEPLAN-BID. Antecedente: Fax de consulta de fecha 12 de diciembre de 1991.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre la tributación aplicable a las consultoras, sean personas naturales o jurídicas, sociedades o corporaciones, domiciliadas en Chile o en el extranjero, que participan en el programa de Preinversión MIDEPLAN-BID.
• Consultas específicas planteadas al SII: Determinación del tratamiento tributario aplicable a las consultoras que participan en el programa de Preinversión MIDEPLAN-BID, considerando su naturaleza jurídica (personas naturales o jurídicas, sociedades o corporaciones, domiciliadas en Chile o en el extranjero).
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente los argumentos del consultante, solo se indica que se trata de una consulta sobre la tributación de las consultoras.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan las siguientes normas legales: Artículo 22, N° 2 del Decreto Ley N° 825 de 1974 (...
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