SII - Oficio N°3556 (21-09-1993)

Oficio N°3556 (21-09-1993) del SII

Abstracto

El SII determina que la venta de equipos de computación que incluye la cesión de licencias de uso de programas a perpetuidad está gravada con IVA, considerando la licencia como parte del bien corporal mueble.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° Sd-2-390-93 DN, de 18 de septiembre de 1993, del Director del Servicio de Impuestos Internos al Director Regional de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro. Referencia a Oficio N° 462, de 4/8/93 y presentación 2393-93 SN de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile. Materia: IVA en contrato de venta de equipos de computación con cesión de licencias de uso de programas a perpetuidad.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Decano de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile consulta sobre la aplicación del IVA en contratos de cesión de licencias de uso de programas de computación a perpetuidad. La Universidad recibe licencias de uso de programas de computación, donde se le otorga un derecho personal, intransferible y no exclusivo de uso del programa.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es la cesión de licencias de uso de programas de computación a perpetuidad un hecho gravado con IVA, según los artículos 8 y 2 del Decreto Ley N° 825 de 1974?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que la operación no constituye un hecho gravado con IVA según los artículos 8 y 2 del Decreto Ley N° 825.

• Doctrina ad...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Registrarse
Ingresa tu información para crear una cuenta
O continuar con
¿Ya tienes una cuenta?

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora