Oficio N°4250 (11-11-1993)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII clarifica el tratamiento del IVA para servicios de agua potable en zonas rurales prestados por cooperativas y organizaciones comunitarias funcionales. Exención para socios y miembros; afectación para terceros y suministro a comités.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio SÑ-2-31-93, de 1993. Materia: IVA en servicios de agua potable en zonas rurales prestados por cooperativas y organizaciones comunitarias funcionales. Antecedentes: Ord. N° 2193, de 2-9-93, de la Dirección Regional de Rancagua.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre la incidencia del IVA en servicios sanitarios de agua potable prestados en zonas rurales por cooperativas y organizaciones comunitarias.
• Consultas específicas planteadas al SII: Incidencia del IVA en los servicios de agua potable prestados por cooperativas y organizaciones comunitarias funcionales en zonas rurales.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
* Artículo 2°, N° 2, del Decreto Ley N° 825, de 1974 (Ley del IVA).
* Artículo 20°, N° 3, de la Ley de la Renta.
* Artículo 54 letra a) del Decreto Supremo N° 502, de 1978, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (Ley de Cooperativas).
* Artículo 3°, inciso segundo, del Reglamento del Decreto Ley de Cooperativas, contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N° 35, de 1977.
* Ley N° 18.893 sobre organizaciones comunitarias, en reemplazo de la Ley N° 16.880.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII:
* El suministro de agua potable es un servicio afecto a IVA por ser una actividad mercantil.
* La Ley de Cooperativas libera a estas entidades del 50% de todos los impuestos, excepto el IVA, pero el reglamento de dicha ley exime de...
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