SII - Oficio N°282 (27-01-1995)
Oficio N°282 (27-01-1995) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el término de franquicia tributaria para pescadores artesanales, aclarando el período de aplicación del impuesto a la renta y las obligaciones contables asociadas al cambio de régimen tributario.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 298 del 27 de enero de 1995, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre el término de la franquicia tributaria de pescadores artesanales, específicamente en relación con el período en que debe aplicarse el impuesto a la renta y la forma de confeccionar el balance al término de la franquicia. Se menciona una presentación de la Agrupación de Pescadores Artesanales, quienes solicitan considerar el año completo para la recuperación de la inversión y no solo un período parcial. Se indica que algunos pescadores no habían declarado renta antes del término de la franquicia.
• Consultas específicas planteadas al SII:
a) ¿Cómo se determina el período en que debe aplicarse el impuesto a la renta al término de la franquicia?
b) ¿Cómo deben confeccionarse los balances al término de la franquicia, especialmente en relación con los activos diferidos?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La Agrupación de Pescadores Artesanales solicita que se considere el año completo para la recuperación de la inversión, argumentando que no considerar el año completo significaría no poder recuperar una inversión de 200 millones de pesos.
• Doctrina administrativa, no...
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