SII - Oficio N°3781 (15-12-1995)
Oficio N°3781 (15-12-1995) del SII
Abstracto
El SII establece que la enajenación de un predio agrícola adquirido en 1990 por un particular, que no forma parte del activo de una empresa, genera un ingreso no constitutivo de renta, no afecto a impuestos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3.781, del 15.12.95, Subdirección Normativa, Depto. Impuestos Directos. Director: Javier Etcheberry Celhay. Materia: Impuesto a la Renta, Artículos 17 N°8 letra b) y 18. Tratamiento tributario de la enajenación de un predio agrícola.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente adquirió en 1990 un predio agrícola de 1.264 hectáreas, que nunca ha sido explotado, y está interesado en venderlo. El contribuyente manifiesta que la adquisición fue en forma particular, el inmueble no forma parte del activo de ninguna empresa, y el precio de venta corresponde a valores de mercado.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿La enajenación del predio agrícola está afecta a impuesto?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El contribuyente argumenta que la enajenación no se refiere a los últimos dos incisos del N° 8 del Artículo 17 de la LIR, que fue adquirido en forma particular, no forma parte del activo de ninguna empresa, y el precio de venta corresponde a valores comerciales.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: El SII cita el Artículo 17 N° 8 letra b) y el Artículo 18 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII ba...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.