SII - Oficio N°3007 (25-10-1996)
Oficio N°3007 (25-10-1996) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 169 de 1996, clarifica el tratamiento tributario de los depósitos convenidos entre empleador y trabajador en las cuentas de capitalización individual (AFP), indicando que no constituyen renta para el trabajador ni remuneración para efectos legales, y son gasto deducible para el empleador bajo ciertas condiciones.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 169, de 02 de octubre de 1996, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Situación tributaria de los depósitos convenidos con el empleador en las cuentas de capitalización individual de las AFP.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Dirección Regional de Concepción consulta sobre el tratamiento tributario de los depósitos de dinero en la cuenta de capitalización individual de trabajadores afiliados a una AFP, destinados a incrementar el capital para financiar la pensión de vejez anticipada o aumentar el monto de su pensión. La consulta se origina por una solicitud de la empresa Calzados Gacel S.A.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es la situación tributaria de los depósitos convenidos en las cuentas de capitalización individual de las AFP, tanto para el trabajador beneficiario como para la empresa aportante?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 18, inciso segundo, del D.L. N° 3.500, de 1980, y el artículo 31, inciso primero, de la Ley de la Renta.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en el artículo 18 del D.L. N° 3.500, que establece que l...
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