SII - Oficio N°3534 (20-12-1996)
Oficio N°3534 (20-12-1996) del SII
Abstracto
El SII determina que las atenciones médicas (solo consultas) prestadas por la Corporación de Desarrollo Social de Providencia no están afectas a IVA, debiendo emitir facturas exentas. Se aclara el tratamiento tributario y la documentación a emitir.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 500-96 del 20 de diciembre de 1996, del Director del Servicio de Impuestos Internos, dirigido al Secretario General de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia. Materia: Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a atenciones médicas prestadas por la corporación y documentación a emitir cuando los beneficiarios pagan directamente a la corporación.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, entidad sin fines de lucro, administra servicios de salud (atención primaria) en consultorios, tanto para beneficiarios de FONASA como afiliados a ISAPRES. Se plantea la celebración de contratos con ISAPRES, donde la corporación recibiría pagos directos de los pacientes con reembolso posterior de la ISAPRE. La consulta se centra en el documento tributario a emitir y los impuestos aplicables.
• Consultas específicas planteadas al SII: 1. ¿Qué documento tributario debe emitir la Corporación al beneficiario de una ISAPRE que paga directamente por la atención médica en un consultorio de la Corporación? 2. ¿Qué impuestos o gravámenes afectan a la Corporación, considerando que el valor de la prestación médica no excederá el nivel 3 de FONASA?
• Argumentos del consultante (si se exponen explí...
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