SII - Oficio N°1872 (22-08-1997)
Oficio N°1872 (22-08-1997) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la tributación de rentas e inversiones en el exterior efectuadas a través de agencias o establecimientos permanentes, confirmando criterios sobre declaración de renta efectiva y no aplicación de crédito por impuestos pagados en el extranjero.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1.872, del 22 de agosto de 1997, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Situación tributaria de las rentas e inversiones en el exterior efectuadas en agencias o establecimientos permanentes. Departamento de Impuestos Directos, Subdirección Normativa.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La empresa “YY” S.A. constituyó en Islas Caimanes la sociedad “XX” Corporation, de la cual es único accionista. Los aportes de capital se efectuaron a través del mercado cambiario informal, sin inscripción en el registro de inversiones en el exterior del SII. Los ingresos de “XX” Corporation provienen principalmente de dividendos de inversiones en Argentina y Colombia.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- ¿Es aplicable el crédito por impuestos pagados en el exterior (Art. 41 A y B) si la inversión se realizó en el mercado informal y no se inscribió en el registro del SII?
- ¿Debe “YY” S.A. reconocer en Chile el resultado (ganancia o pérdida) obtenido a través de “XX” Corporation, considerando que esta última es un establecimiento permanente?
- ¿Cómo se deben convertir a moneda nacional las rentas percibidas o devengadas por “XX” Corporation para su reconocimiento en Chile?
- ¿Se aplica la franquicia del Decr...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.