SII - Oficio N°381 (30-01-1998)
Oficio N°381 (30-01-1998) del SII
Abstracto
El SII aclara la forma de certificar retiros de rentas e información al FUT, especialmente en empresas acogidas al artículo 14 A de la LIR, detallando el tratamiento del Impuesto de Primera Categoría y su impacto en la declaración jurada y el FUT.
Resumen
• Datos básicos del Oficio
Oficio N° 0381, 30 de Enero de 1998.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
Un contribuyente manifiesta dudas sobre las instrucciones del suplemento tributario para el AT 1998, específicamente en relación a la certificación de retiros y la declaración jurada en empresas del artículo 14 A de la LIR, donde se considera como retiro la totalidad de la utilidad, incluido el Impuesto de Primera Categoría (IDPC). Le preocupa la inconsistencia entre la información del FUT y la reportada en certificaciones y declaraciones juradas, especialmente en casos de empresas socias de otras.
• Consultas específicas planteadas al SII
- ¿Se mantiene vigente el criterio del Oficio 3087 de 1996 sobre el incremento de la renta neta?
- ¿Cómo se determina la renta neta para certificaciones y declaración jurada cuando el retiro no consume la totalidad de la renta bruta, pero es mayor al 85% de ella?
- ¿Corresponde reconvertir a renta neta la RLI absorbida por presunción de retiro por uso o goce de bienes? ¿Cómo se opera si esta imputación excede la RLI del ejercicio?
- Si la presunción de retiro excede las utilidades del FUT, generando un saldo negativo, ¿procede la recuperación como pago provisional del IDPC de las utilidades absorbidas al compensarse el saldo n...
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