SII - Oficio N°4208 (22-11-1999)
Oficio N°4208 (22-11-1999) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la recuperación del remanente de crédito fiscal IVA por la adquisición de un inmueble. El contribuyente puede recuperar el remanente acumulado por al menos seis meses consecutivos desde que se registra la adquisición en el activo fijo.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 4.208, del 22.11.1999, Subdirección Normativa, Depto. Impuestos Indirectos. Director: Javier Etcheberry Celhay. Materia: Impuesto a las Ventas y Servicios, Art. 9 letra f), Art. 23, Art. 27 bis, Art. 55 inciso 2°.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un abogado consulta si procede el reembolso del remanente acumulado de crédito fiscal IVA soportado en la venta de un inmueble del activo fijo, aunque la factura definitiva se haya emitido antes de la inscripción del dominio en el Conservador de Bienes Raíces.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es posible obtener el reembolso del remanente acumulado de crédito fiscal IVA en la compra de un inmueble del activo fijo si la factura se emitió antes de la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces?
• Argumentos del consultante: El solicitante se basa en los artículos 9 letra f) y 55 inciso segundo del Decreto Ley N° 825 de 1974, y en instrucciones del SII que permitirían la devolución si el inmueble es adquirido e incorporado al activo fijo.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita los artículos 9 letra f), 23, 27 bis y 55 inciso segundo del Decreto Ley N° 825 de 1974. También menciona los artículos 686 y 1801 del Código Civil.
• Fund...
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