SII - Oficio N°3028 (26-08-2002)
Oficio N°3028 (26-08-2002) del SII
Abstracto
El SII rechaza la solicitud de reconsideración del Oficio N° 220, confirmando que los servicios de outsourcing de personal calificado están gravados con IVA al ser considerados actos de comercio realizados por una agencia de negocios.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3028, de 26 de agosto de 2002, emitido por la Subdirección Normativa del SII, Depto. de Impuestos Indirectos. Se pronuncia sobre la solicitud de reconsideración del Oficio N° 220 del 23 de abril de 2002.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La empresa XXXXXXXX, mediante outsourcing, presta servicios de personal calificado de reemplazo. El consultante argumenta que esta actividad no es un acto de comercio, ya que el personal está contratado bajo el Código del Trabajo, y que se arrienda la capacidad de organización de recursos humanos, no bienes.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Los servicios de outsourcing de personal prestados por XXXXXXXX están gravados con IVA? ¿Constituye esta actividad una comprendida dentro del N° 5 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta?
• Argumentos del consultante: El servicio no es un acto mercantil por regirse la relación laboral por el Código del Trabajo. Se arrienda capacidad de organización de RR.HH., no bienes. No se cumplen los requisitos del artículo 2 N° 2 del D.L. N° 825 para configurar un hecho gravado con IVA.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 8° y 2° N° 2 del D.L. N° 825. Artículos 20 N° 3 y 20 N° 5 de la Ley sobre...
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