SII - Oficio N°327 (27-01-2003)
Oficio N°327 (27-01-2003) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N°327 de 2003, establece que las pensiones y fondos de jubilación de fuente extranjera no están sujetos a impuestos en Chile, pero las rentas generadas por su inversión en el país sí lo están. Además, detalla cómo acreditar el origen de estos fondos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 327, de 27.01.2003, del Departamento de Impuestos Directos, Subdirección Normativa del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente solicita información sobre el tratamiento tributario en Chile de una pensión y un fondo de jubilación obtenidos en Estados Unidos por un ciudadano chileno que retorna al país después de vivir y trabajar allí por más de 30 años. El consultante indica que el jubilado recibe una pensión mensual de US$ 5.000 y posee un fondo de jubilación de US$ 500.000, ambos provenientes de EE.UU.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es el tratamiento tributario en Chile de la pensión mensual y del fondo de jubilación provenientes del extranjero? ¿Cómo puede el contribuyente respaldar los gastos e inversiones que realice en Chile con dichos fondos?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante señala que ha sido informado de que no es necesario declarar estos fondos al SII, pero su cliente desea declararlos para respaldar sus gastos en Chile.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: El SII cita el artículo 17 N° 17 de la Ley de la Renta y la Circular N° 8 del año 2000.
• Fundamentos clave del p...
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