SII - Oficio N°858 (25-04-2008)
Oficio N°858 (25-04-2008) del SII
Abstracto
El SII indica el tratamiento tributario de las operaciones realizadas en planes de Ahorro Previsional Voluntario (APV), señalando exenciones de impuesto a la renta durante la inversión y gravamen al momento del retiro, además de precisar las declaraciones juradas pertinentes.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 858, de 25.04.2008, emitido por la Subdirección Normativa del SII, Departamento de Impuestos Directos. El Director Subrogante es René García Gallardo. Se refiere a las declaraciones juradas que debe presentar un corredor de bolsa facultado para ofrecer planes de ahorro previsional voluntario (APV).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: XXX Corredores de Bolsa, en su calidad de corredora de bolsa, está facultada para actuar como "institución autorizada" para ofrecer planes de APV a sus clientes, según las Circulares N° 619, 1.585 y 1.597 de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en el marco del D.L. 3.500. La corredora busca instrucciones sobre cómo informar a sus clientes y cumplir con las obligaciones tributarias respecto a las operaciones realizadas en el contexto de los planes de APV.
• Consultas específicas planteadas al SII: La corredora plantea dudas sobre:
- Declaración Jurada N° 1891: Cómo registrar las operaciones de compra y venta de acciones y otros títulos realizadas por cuenta de clientes en virtud del Plan de APV.
- Declaración Anual de la Renta: Cómo deben declarar los clientes las transacciones realizadas por la corredora en su nombre en el contexto del Plan de APV.
- Dividendos: Cómo deben ...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.