SII - Oficio N°1264 (29-07-2010)
Oficio N°1264 (29-07-2010) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el derecho a utilizar como crédito los impuestos pagados en el extranjero por rentas de una 'limited liability company' en EE.UU., y su imputación tras una eventual división de la sociedad chilena inversionista. Se detallan requisitos y el momento de acreditación.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 1264, de 29.07.2010, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos del SII.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes YYY, sociedad de inversión chilena, posee el 33,5% de ZZZ, sociedad domiciliada en Chile, sujeta al Impuesto de Primera Categoría (IDPC) sobre renta efectiva determinada mediante contabilidad completa. ZZZ, a su vez, posee el 50% de AAA, una "limited liability company" domiciliada en California, EE.UU. AAA es fiscalmente transparente en EE.UU., por lo que sus socios (incluyendo ZZZ) deben declarar y pagar impuestos sobre sus utilidades en proporción a su participación. ZZZ paga impuestos en EE.UU. por las utilidades de AAA, aunque no las haya percibido efectivamente en Chile. Se plantea una eventual división de ZZZ, asignando la inversión en AAA a la nueva sociedad.
• Consultas específicas planteadas al SII
- Si los impuestos pagados por ZZZ en EE.UU. por las rentas de AAA pueden ser utilizados como crédito contra el impuesto a la renta en Chile.
- Si, al distribuir a YYY las utilidades que ZZZ perciba de AAA, se debe registrar el monto del crédito por IDPC existente.
- Si la sociedad resultante de la división de ZZZ, a la que se asigne la inversión en AAA, puede utilizar como crédito contra el i...
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