SII - Oficio N°1703 (24-09-2010)
Oficio N°1703 (24-09-2010) del SII
Abstracto
El SII aclara que es el organismo competente para pronunciarse sobre el capital propio declarado en el Formulario 22 para efectos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y para rectificar o corregir dicho capital.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1703, de 24.09.2010, de la Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Directos. Se refiere a la rectificación o corrección del capital propio declarado en el Formulario N° 22 de Renta.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta si las Municipalidades están facultadas para rebajar del capital propio (para el cálculo de la patente municipal) activos como bienes muebles o transportes, o si los contribuyentes deben dirigirse al SII para regularizar su situación.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Quién tiene la facultad de instruir sobre la forma de calcular el capital propio para fines de la patente municipal, el SII o las municipalidades?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 24 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales; los artículos 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos y 6° inciso 1° del Código Tributario; y el artículo 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII es el organismo competente para pronunciarse sobre las partidas que sirven de base para la cuantificación del capital propio declar...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.