SII - Oficio N°1993 (06-08-2012)
Oficio N°1993 (06-08-2012) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención de IVA para empresas hoteleras (Art. 12, letra E, N° 17 del DL 825) aplicable a hostales y hosterías. La exención se basa en el servicio de alojamiento turístico, no en el tipo de establecimiento, según el Decreto 222/2011.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1993, de 06.08.2012, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del SII. Materia: Interpretación del Art. 12, letra E), N° 17, del D.L. N° 825, de 1974, sobre exención de IVA a empresas hoteleras por servicios a turistas extranjeros, aplicable a hosterías, hostales y establecimientos similares. Se cita el Decreto N° 222 de 2011 y la Circular N° 56 de 1991.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un Senador solicita al SII un pronunciamiento sobre la aplicación de la exención de IVA del Art. 12, letra E), N° 17 del D.L. N° 825 a hostales, hosterías y otros establecimientos similares, argumentando que la interpretación actual beneficia solo a las empresas hoteleras tradicionales, generando una injusticia para las PYMEs del sector.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es aplicable la exención de IVA del Art. 12, letra E), N° 17 del D.L. N° 825 a hostales, hosterías y otros establecimientos que prestan servicios similares a los hoteles?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La interpretación restrictiva de la norma genera una injusticia para las PYMEs del rubro hotelero, ya que hostales y hosterías prestan servicios similares a los hoteles pero no gozan de la exención.
• Doc...
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