SII - Resolución N°111 (04-12-2014)
Resolución N°111 (04-12-2014) del SII
Abstracto
Resolución SII N° 111, 2014, establece declaración jurada y requisitos para acreditar el inicio de procesos de fusión antes del 1° de enero de 2015, según la Ley 20.780. Determina forma, plazos y documentos para acogerse a régimen transitorio.
Resumen
• Datos básicos de la resolución: Resolución Ex. SII N° 111, de 4 de diciembre de 2014. Establece la declaración jurada y requiere antecedentes para acreditar el inicio del proceso de fusión según el numeral XIX del artículo tercero transitorio de la Ley N° 20.780.
• Contexto normativo y competencia del SII: El SII actúa conforme a las facultades conferidas por los artículos 1° y 7° de su Ley Orgánica, los artículos 6° y 21 del Código Tributario, el artículo 31 N° 9 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y la letra b) del artículo primero, en concordancia con el numeral XIX del artículo tercero transitorio de la Ley N° 20.780.
• Antecedentes administrativos relevantes: La Ley N° 20.780 modificó el N° 9 del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Esta modificación rige desde el 1° de enero de 2015 y afecta las diferencias determinadas en fusiones efectuadas a partir de esa fecha. No obstante, no afectará a los procesos de fusión iniciados antes del 1° de enero de 2015 y concluidos hasta el 1° de enero de 2016.
• Materia y objetivos de la resolución: La resolución tiene como objetivo establecer el procedimiento y los requisitos para que los contribuyentes acrediten el inicio de un proceso de fusión antes del 1° de enero de 2015, para que la modificación del N° 9 del artí...
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