SII - Oficio N°1920 (27-07-2015)
Oficio N°1920 (27-07-2015) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1920 de 2015, resolvió que no procede la emisión de facturas de compra por servicios de publicidad prestados desde el extranjero afectos al Impuesto Adicional, reafirmando los requisitos para acreditar gastos incurridos en el exterior según el Art. 31 de la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio
Oficio N° 1920, de 27.07.2015, emitido por la Subdirección Normativa del Servicio de Impuestos Internos, Departamento de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
El consultante incurre en gastos por publicidad contratada a XXX, empresa extranjera. Los documentos recibidos por estos servicios no incluyen IVA y el contador del contribuyente sugiere emitir facturas de compra para poder contabilizar estos desembolsos como gastos en el balance y operación renta.
• Consultas específicas planteadas al SII
Se solicita autorización para timbrar facturas de compra por los servicios de publicidad recibidos desde el extranjero.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente)
El contribuyente busca emitir facturas de compra (no afectas a IVA) para registrar los gastos por publicidad en el extranjero, compensando los montos en el Formulario 29 para que sean neutrales respecto al crédito fiscal del IVA.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Art. 2 N°2 y Art. 8 del D.L. N° 825 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios).
- Art. 5 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
- Art. 12 letra E, N° 7 del D.L. N° 825.
- Art. 17 y 59 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- Art. 20 N°4 y ...
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