SII - Oficio N°1942 (28-07-2015)
Oficio N°1942 (28-07-2015) del SII
Abstracto
El SII aclara que no le compete calificar los requisitos para la exención de IVA en la importación de bienes de capital bajo el DL 825, Art. 12, letra B), N°10. Esta facultad reside en el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, con refrendo del Ministerio de Hacienda.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1942, de 28.07.2015, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos. Materia: Exención de IVA en la importación de bienes de capital.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Ministerio de Hacienda solicita al SII tomar conocimiento y emitir comentarios sobre la Resolución Exenta N° xx de 2015 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que declara exenta de IVA la importación de un bien de capital específico (Parque Solar Fotovoltaico 'XXXX', Código xxxx) por la empresa Planta Solar TTTT.
• Consultas específicas planteadas al SII: El Ministerio de Hacienda consulta al SII sobre la Resolución de exención de IVA a la importación del bien de capital, solicitando comentarios u observaciones.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el Art. 12°, letra B), N° 10, del Decreto Ley N° 825, de 1974; el Decreto Ley N° 600, de 1974; la Circular N° 48, de 21.04.1978; y el Decreto Supremo N° 181 del 30.12.2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en el Art. 12°, letra B), N° 10 del DL 825, que esta...
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