SII - Oficio N°1075 (22-04-2016)
Oficio N°1075 (22-04-2016) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención de Impuesto de Primera Categoría para una fundación, concluyendo que cumple los requisitos legales si la ayuda que presta a personas de escasos recursos es gratuita y proviene de fondos específicos. Se adjunta liquidación de plazo.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2195, del 12 de agosto de 2015, emitido por la Subdirección Normativa del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Exención de Impuesto de Primera Categoría conforme al Art. 40 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Consultante: Fundación IX Hombres al Trabajo. Representante: Sra. Viviana López Sepúlveda. RUT: 71.608.096-0.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Fundación IX Hombres al Trabajo, constituida mediante escritura pública del 22 de noviembre de 2002, solicita confirmar si cumple con los requisitos para acceder a la exención del Impuesto de Primera Categoría establecida en el Art. 40 N° 2 de la LIR. La fundación se rige por el Título XXXIII del Libro I del Código Civil y sus estatutos. Se dedica a la formación de personas de escasos recursos, especialmente en la capacitación para oficios, con fondos obtenidos a través del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿La Fundación IX Hombres al Trabajo cumple con los requisitos para acceder a la exención del Impuesto de Primera Categoría según el Art. 40 N° 2 de la LIR?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La Fundación argumenta que su objeto exclusivo es la prestación de ser...
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