SII - Oficio N°1835 (23-06-2016)
Oficio N°1835 (23-06-2016) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención de contribuciones de bienes raíces de FAMAE. Determina que la exención original fue derogada por la Ley 20.033, pero FAMAE podría estar exenta como servicio público, excluyendo sus sedes matrices.
Resumen
• Datos básicos del Oficio
Oficio N° 1835, de 23.06.2016, emitido por la Subdirección Normativa del Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile, aborda la exención de contribuciones de bienes raíces pertenecientes a las Fábricas y Maestranzas del Ejército (FAMAE).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
FAMAE solicita al SII un pronunciamiento sobre la naturaleza jurídica del impuesto denominado “contribuciones de bienes raíces” y si la exención tributaria que le asiste en virtud del artículo 10° de su ley orgánica (DFL N° 223 de 1953) la libera del pago de este impuesto.
FAMAE es una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica, administración autónoma y patrimonio propio, que se relaciona con el Supremo Gobierno a través del Ministerio de Defensa Nacional.
• Consultas específicas planteadas al SII
¿Está FAMAE exenta del pago de contribuciones de bienes raíces (Impuesto Territorial) en virtud del artículo 10° de su ley orgánica, que la exime de “toda clase de impuestos, contribuciones, derechos, tasas, patentes y demás gravámenes establecidos en favor del Fisco u otros organismos del Estado”?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente)
FAMAE argumenta que, si las contribuciones de bienes raíces son un “gravamen” establecido en favor del...
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