SII - Oficio N°2174 (02-08-2016)
Oficio N°2174 (02-08-2016) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención de IVA en la venta de viviendas sociales con subsidio habitacional, contratos de construcción y arriendo con opción de compra, según las Leyes N° 20.780 y N° 20.899. La exención aplica desde el 1° de enero de 2016.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2174, de 02.08.2016, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del SII. Se refiere a la aplicación del IVA en viviendas sociales según las Leyes N° 20.780 y 20.899.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante solicita un pronunciamiento sobre la exención de IVA en la venta de viviendas a beneficiarios de subsidios habitacionales del MINVU, contratos generales de construcción y contratos de arriendo con opción de compra, financiados con dichos subsidios. La consulta surge por la entrada en vigencia de la exención en enero de 2016 y la existencia de contratos celebrados con anterioridad. Se plantea la duda sobre la fecha a considerar para aplicar la exención, especialmente en contratos de construcción iniciados antes del 1° de enero de 2016, pero con estados de pago posteriores a esa fecha, y sobre contratos celebrados en febrero de 2016.
• Consultas específicas planteadas al SII: 1) ¿Qué fecha se debe considerar en los contratos para aplicar la exención? ¿Aplica la exención si el contrato de construcción se celebró antes del 1° de enero, pero los estados de pago son posteriores? 2) ¿Cómo se regularizan los contratos celebrados en febrero de 2016, fecha de publicación de la ley?
• Argumentos de...
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