SII - Oficio N°2406 (26-08-2016)
Oficio N°2406 (26-08-2016) del SII
Abstracto
El SII aclara que las cotizaciones voluntarias de salud superiores al 7% de la remuneración imponible pueden descontarse del Impuesto Único de Segunda Categoría hasta el límite del 7% del tope imponible según la Superintendencia de Pensiones.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2406, de 26.08.2016, emitido por la Subdirección Normativa del SII, Departamento de Impuestos Directos. El Director (S) es Víctor Villalán Méndez. Se refiere al tratamiento tributario de la cotización adicional de salud superior al 7% legal, en relación con el Impuesto Único de Segunda Categoría. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre si la cotización adicional de salud (superior al 7%) aplicada a una pensión o renta inferior a 74,3 UF es tributable, o si sólo aplica el límite de 5,201 UF, a propósito de un certificado emitido por una AFP. El solicitante basa su consulta en el Oficio N° 2.988, de 16.08.2005. • Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es tributable la cotización adicional de salud (superior al 7%) aplicada a una pensión o renta inferior a 74,3 UF, o sólo aplica el límite de 5,201 UF? • Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante entiende que, según el Oficio N° 2.988, de 16.08.2005, sólo aplicaría el límite de 5,201 UF. • Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Art. 42 N°1 y 43 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Artículos 16, 18 y 84 del D.L. N° 3.500 de 1980. • Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se ba...
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