SII - Oficio N°2436 (31-08-2016)
Oficio N°2436 (31-08-2016) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2436 de 2016, establece que la venta de un inmueble por una embajada en Chile está afecta a Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Adicional, sin exención por la Convención de Viena.
Resumen
• Datos básicos del Oficio
Oficio N° 2436, de 31.08.2016, Subdirección Normativa, Dpto. de Normas Internacionales.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
La Embajada de XXXX en Chile solicita información al SII sobre los aspectos legales y tributarios aplicables a la eventual venta de un inmueble de su propiedad en Chile.
• Consultas específicas planteadas al SII
Tributación aplicable a la venta de un inmueble perteneciente a una representación diplomática.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente)
No se exponen explícitamente.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
Artículos 2 N°1, 3, 9, 20 N°5, 60, 63, 65 N°4, 69, 72 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Artículo 23 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.
Ley N° 20.780 de 2014 y Ley N° 20.899 de 2016.
Ley N° 17.235 sobre Impuesto Territorial.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII
Las rentas de fuente chilena percibidas por la Embajada de XXXX en Chile están sujetas a los impuestos correspondientes según las reglas generales de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
El mayor valor obtenido en la venta del inmueble se clasifica en el artículo 20 N°5 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
La Convención de Viena no contempla una exención amplia de...
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