SII - Oficio N°1445 (27-06-2017)
Oficio N°1445 (27-06-2017) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1445 de 2017, determina que los servicios de dosimetría personal, consistentes en medir e informar dosis de radiación, no están afectos a IVA al no provenir de actividades clasificadas en los números 3 o 4 del artículo 20 de la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1445, de 27-06-2017, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos. Materia: Impuesto al Valor Agregado (IVA) en servicios de dosimetría personal.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La empresa XXXXXX, habilitada por el Ministerio de Salud, presta servicios de dosimetría personal a usuarios de radiaciones ionizantes. El servicio incluye la entrega de un dispositivo (dosímetro), su recepción tras el período de medición, análisis mediante software, emisión de un informe y, si es necesario, aviso al cliente y al Instituto de Salud Pública (ISP) si se superan los límites permitidos de radiación.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Está afecto a IVA el servicio de dosimetría personal prestado por XXXXXX?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente los argumentos del consultante.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el Art. 8° del D.L. N° 825 (Ley del IVA), el Art. 2°, N°2 del mismo decreto, y el Art. 7° del Decreto N° 3 de 1985 del Ministerio de Salud.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en que el Art. 8° del D.L. N° 825 grava con IVA las ventas y los servicio...
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