SII - Oficio N°2284 (31-10-2018)
Oficio N°2284 (31-10-2018) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención de impuesto territorial a asociaciones indígenas, asimilándolas a organizaciones comunitarias funcionales bajo la Ley N° 19.418. Se permite la devolución de contribuciones pagadas en exceso, con un tope de tres años.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 2284, de 18-12-2019, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Exención de Impuesto Territorial a comunidades indígenas según Ley N° 19.253, en relación con la Ley N° 19.418. Se analizan los artículos 27 de la Ley N° 17.235, 126 del Código Tributario, 2 de la Ley N° 16.752 y 28 de la Ley N° 19.418.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Asociación Indígena BBBB solicitó a la Dirección Regional del SII la exención de Impuesto Territorial y la devolución de impuestos pagados, argumentando que, al ser constituida bajo la Ley N° 19.253, le son aplicables las normas sobre organizaciones comunitarias funcionales de la Ley N° 19.418.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es aplicable la exención de Impuesto Territorial establecida en la Ley N° 19.418 a las organizaciones indígenas reguladas por la Ley N° 19.253? ¿Procede la devolución de los impuestos pagados en exceso?
• Argumentos del consultante: La asociación argumenta que, al ser una organización indígena constituida bajo la Ley N° 19.253, le son aplicables las normas sobre organizaciones comunitarias funcionales contenidas en la Ley N° 19.418, que exime a estas entidades del Impuesto Territorial.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por ...
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