SII - Oficio N°2289 (31-10-2018)
Oficio N°2289 (31-10-2018) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la deducibilidad de intereses pagados por una SpA por préstamos destinados a la adquisición de acciones, diferenciando el tratamiento según el período en que se devengaron los intereses, antes o después del 1 de octubre de 2014.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 2289, de 31-10-2018, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Deducibilidad de intereses originados en préstamos destinados a la adquisición de acciones. Art. 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Circular N° 62, de 2014.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La sociedad XXX SpA, cuyo único accionista es la sociedad española ZZZ, adquirió el 49,99% de las acciones de la sociedad anónima chilena YYY S.A. en abril de 2014. La adquisición se financió con aportes de capital de ZZZ y dos préstamos de ZZZ (Préstamo I y Préstamo II). El Préstamo II fue un crédito puente pagado con un nuevo préstamo de un banco local. Los préstamos relacionados fueron otorgados bajo condiciones de mercado.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si los intereses derivados de los créditos destinados a la adquisición de las acciones de YYY S.A. son deducibles, cumpliendo ciertos requisitos, y si es necesario acreditar la necesidad de contraer la deuda.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que los intereses son deducibles si los fondos se destinaron a adquirir acciones, los intereses no se rebajan del costo de adquisición, están pagados/devengados/adeudados al cierre del eje...
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