SII - Oficio N°2140 (29-09-2020)
Oficio N°2140 (29-09-2020) del SII
Abstracto
El SII rechaza la aplicación de la Ley 19.622 y el Art. 55 bis LIR para la deducción de dividendos hipotecarios, ya que el crédito no se otorgó dentro de las fechas estipuladas ni para la adquisición o construcción de vivienda, sino para pagar deudas preexistentes.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2140, de 29.09.2020, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Se refiere a la aplicación de la Ley N° 19.622 y el artículo 55 bis de la LIR, sobre la deducción de dividendos hipotecarios de la base imponible del impuesto a la renta.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante adquirió un terreno con un crédito hipotecario, construyó una vivienda y luego contrató una nueva hipoteca sobre la construcción con el mismo banco. Consulta si puede acogerse a la Ley N° 19.622 y al DFL 2 para la rebaja de intereses hipotecarios, siendo contribuyente del Impuesto de Segunda Categoría. El banco no explicitó esta posibilidad en la escritura.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es posible acogerse a la Ley N° 19.622 y al DFL 2 para la rebaja de intereses por créditos hipotecarios en la declaración de renta?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante considera que cumple con los requisitos legales para acogerse a la Ley N° 19.622 y al DFL 2, a pesar de que el banco no lo haya explicitado en la escritura.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 43 N° 1 y 52 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LI...
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