SII - Oficio N°2144 (29-09-2020)
Oficio N°2144 (29-09-2020) del SII
Abstracto
El SII responde a una solicitud de aclaración sobre el Oficio N° 1162 de 2020, reafirmando su contenido y remitiendo al consultante a la jurisprudencia administrativa disponible sobre créditos incobrables de bancos según el Art. 31 N° 4 de la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2144, de 29.09.2020, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Ingresos devengados o percibidos por bancos, con ocasión del no pago de créditos hipotecarios.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante solicita un pronunciamiento sobre los criterios del Oficio N° 1162 de 2020, relativo a los ingresos de bancos por no pago de créditos hipotecarios. Expresa disconformidad con aspectos de seguros de desgravamen y remates judiciales.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se busca una interpretación del párrafo segundo del N° 4 del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) en relación con el tratamiento tributario de los créditos incobrables de los bancos.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que el artículo 164 del Código Tributario no le es aplicable, y que su consulta es de tipo legal, no administrativa. Cuestiona el funcionamiento de los seguros de desgravamen y el tratamiento de los gastos por seguros por parte de los bancos.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 6°, inciso segundo, letra A), N° 1 del Código Tributario y el artículo 7°, letra b), de la Ley Orgánica del Servicio de Impuest...
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