SII - Oficio N°2146 (29-09-2020)
Oficio N°2146 (29-09-2020) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre los efectos tributarios de la disolución y liquidación de una sociedad anónima acogida al régimen semi-integrado del artículo 14 de la LIR, confirmando el tratamiento de rentas afectas a impuestos finales y la deducibilidad de pérdidas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2146, de 29.09.2020, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Depto. de Impuesto Directos. Materia: Efectos tributarios de la disolución y liquidación de una sociedad anónima. Referencia: Art. 38 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Vigencia: A partir del 01.01.2020.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: AAAAA adquirió el 99% de las acciones de BBBBB, ambas acogidas al régimen semi-integrado del artículo 14 de la LIR. Se plantea la disolución y término de giro de BBBBB debido a ineficiencias generadas por la estructura societaria actual.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmación sobre el tratamiento tributario de: 1) Rentas afectas a impuestos finales al momento de la disolución de BBBBB. 2) La deducibilidad de una eventual pérdida para AAAAA si el costo tributario de su inversión en BBBBB es superior al patrimonio que se adjudicará.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se espera que la disolución genere consecuencias tributarias relevantes según la normativa e instrucciones del SII.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Ley N°21.210; Artículos 14, 38 bis, 56 N°3, 63 de la LIR; Artículo 64 del Código Tributario; Artícu...
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