SII - Oficio N°3048 (28-12-2020)
Oficio N°3048 (28-12-2020) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 3048 de 2020, se pronuncia sobre la deducibilidad de gastos entre sociedades del mismo holding y su tratamiento en el IVA, estableciendo requisitos y confirmando la no gravabilidad con IVA de ciertos servicios.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3048, de 28 de diciembre de 2020, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Deducción de gastos y su tributación en IVA en un grupo empresarial. Se citan los artículos 2 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) y 31 (incisos 1 y 4 N° 6) y 33 N° 1 letra e) de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), así como el artículo 3 N° 7 del Código de Comercio.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un grupo empresarial compuesto por una sociedad matriz (“XXX”) y filiales (“AAA”, “BBB” y “CCC”) busca optimizar la administración. XXX concentrará recursos y prestará servicios de administración corporativa a las filiales, cobrando una remuneración de mercado. XXX amplió sus estatutos para incluir estos servicios, que solo se prestarán a sociedades del holding.
• Consultas específicas planteadas al SII: 1) Deducibilidad de los pagos de las filiales a XXX como gasto necesario. 2) Suficiencia del contrato, comprobantes de pago, registro contable y factura exenta como acreditación del gasto. 3) Necesidad de que la remuneración corresponda a valores de mercado. 4) Deducibilidad de los gastos de XXX para prestar los servicios. 5) Exclusión de la proporcionalidad de gastos según Circular N° 68 de 2010. 6) No gravabilidad...
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