SII - Oficio N°292 (27-01-2021)

Oficio N°292 (27-01-2021) del SII

Abstracto

El SII, mediante el Oficio N° 292 de 2021, clarifica que los dividendos pueden imputarse al ISFUT solo si se distribuyen después del pago de este impuesto, sin seguir el orden de imputación general de la LIR.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 292, de 27 de enero de 2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto a la Renta, Artículo 14 letra A) N° 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), Ley N° 21.210, Artículo Vigésimo Quinto Transitorio, Circular N° 43 de 2020. Director (S): Ricardo Antonio Pizarro Alfaro. Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta sobre la procedencia de imputar dividendos pagados en mayo, con cargo a rentas gravadas con el Impuesto Sustitutivo al FUT (ISFUT) dentro del mes de noviembre del mismo año.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es posible imputar dividendos pagados en mayo con cargo a rentas ISFUT pagadas en noviembre del mismo año?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita argumento del consultante, solo la consulta.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el N° 9 del artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley N° 21.210 y la letra e) del N° 7 de la Circular N° 43 de 2020.

• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La oportunidad de imputación de los dividendos al ISFUT está condicionada al pago previo de este impuesto. Solo después de pagado el ISFUT, los d...

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