SII - Oficio N°1232 (12-05-2021)
Oficio N°1232 (12-05-2021) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1232 de 2021, ratifica la obligatoriedad de emitir boletas de honorarios electrónicas para quienes presten servicios personales independientes a terceros, independientemente de su calidad de pensionado, según la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1232, de 12.05.2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Obligación de emitir boletas de honorarios electrónicas. Departamento de Impuestos Directos, Subdirección Normativa.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre la obligatoriedad de emitir boletas de honorarios electrónicas por trabajos realizados a terceros por un contribuyente pensionado desde junio de 2020.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Está obligado un pensionado a emitir boletas de honorarios electrónicas por la prestación de servicios a terceros?
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Resolución Ex. N° 1414 de 1978, Ley N° 21.242, Resolución Ex. N° 166 de 2020, Circular N° 25 de 2021, Artículos 42 N° 2, 48 y 68 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La obligación de emitir boletas de honorarios electrónicas recae sobre quienes perciben rentas del artículo 42 N° 2 y 48 de la LIR por la prestación de servicios personales independientes, independientemente de su calidad de pensionado. La Ley 21.242 y sus normas complementarias establecen la obligatoriedad de la emisión electrónica.
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