SII - Oficio N°1241 (12-05-2021)
Oficio N°1241 (12-05-2021) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la forma de documentar servicios afectos a IVA prestados por proveedores extranjeros acogidos al régimen simplificado del art. 35 C de la LIVS, permitiendo el uso de facturas y notas de débito separadas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1241, de 12-05-2021, Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos. Materia: Emisión de documentos por parte de prestador extranjero de servicios digitales afectos a IVA. Refiere al Art. 8 letra n) N° 3, Art 35 C de la LIVS y Circular 42 de 2020.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Consejo para la Transparencia recibió de un proveedor extranjero (sin domicilio ni residencia en Chile) una factura (invoice) por un monto neto y una nota de débito que cobra el IVA, por la compra de servicios de software.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es correcta esta forma de facturar (factura y nota de débito separadas), o se debe exigir un solo documento con el monto neto, el IVA y el monto total?
• Argumentos del consultante: Otra institución pública recibió una factura donde se detallaba todo el cobro en un solo documento.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 8° letra n) N° 3 de la LIVS (incorporado por la Ley N° 21.210), el Párrafo 7° bis de la LIVS (artículo 35 C, incorporado por la Ley N° 21.210) y la Circular N° 42 de 2020.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Los servicios prestados por el proveedor extranjero corresponden a la puesta a dispos...
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