SII - Oficio N°1328 (24-05-2021)
Oficio N°1328 (24-05-2021) del SII
Abstracto
El SII determina que el servicio de licencias de software contratado con un proveedor extranjero está gravado con IVA según el Art. 8, letra n), N°3 de la LIVS, a partir del 1 de junio de 2020. Las cuotas pagadas con posterioridad a esta fecha están afectas al impuesto.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1328, de 24.05.2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: IVA en el servicio de licencias de software contratado con un prestador extranjero. Se invoca el Art. 8, letra n), N°3 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) y la Ley N° 21.210, Art. Tercero, N°4, letra g).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una Subsecretaría contrató en noviembre de 2019 con una empresa extranjera (EE.UU.) la adquisición de licencias de software, dentro del convenio marco “XXXXXX”. En diciembre de 2020, la empresa extranjera informa sobre la aplicación del IVA a partir del 1 de junio de 2020, según el N° 3 de la letra n) del artículo 8° de la LIVS. El contrato original contemplaba un monto exento de IVA.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si la Subsecretaría, como beneficiaria del servicio de licencias de software, debe soportar el gravamen y pagar el IVA, considerando que el contrato se celebró con anterioridad a la modificación legal y se pactó un precio exento de IVA.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se argumenta que, conforme al artículo 3° del Código Tributario y al principio locus regit actum, no correspondería pagar el IVA por un servicio contratado antes de la...
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