SII - Oficio N°1415 (31-05-2021)
Oficio N°1415 (31-05-2021) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario de pasivos no acreditados en fiscalización, señalando que no existe un agregado literal denominado "pasivo no acreditado", pero sí ajustes a la renta líquida por gastos no aceptados, subdeclaración de ingresos o corrección monetaria.
Resumen
• Datos básicos del Oficio
ORD. N° 1415, DE 31.05.2021 del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Dpto. de Técnica Tributaria.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
Se consulta al SII sobre el tratamiento tributario de cuentas de pasivos no acreditadas en un proceso de fiscalización, específicamente si el monto de pasivos no acreditados debe reconocerse como ingreso en la renta líquida imponible.
• Consultas específicas planteadas al SII
- Confirmar si existe un agregado denominado “pasivo no acreditado” en la determinación de la renta líquida imponible del IDPC.
- Confirmar si es procedente aplicar la analogía o interpretación extensiva para generar agregados a la renta líquida imponible.
- Confirmar si un ingreso o aumento de patrimonio debe reconocerse en el año tributario en que se produzca el devengo o percepción.
- Confirmar si la LIR contempla el reconocimiento de ingresos o aumentos de patrimonio por “falta de prueba”.
- Determinar si un pasivo que corresponde a un aumento de patrimonio o a un ingreso debe afectarse con el IDPC en el período tributario en que se haya percibido o devengado.
- Indicar el artículo de la LIR y la circular que sustenta la interpretación de "pasivo no acreditado" como agregado a la renta líquida imponible.
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