SII - Oficio N°1651 (29-06-2021)
Oficio N°1651 (29-06-2021) del SII
Abstracto
El SII aclara que el crédito del artículo 33 bis de la LIR es aplicable a bienes depreciados instantáneamente según el artículo vigésimo segundo transitorio de la Ley N° 21.210, siempre que se cumplan los requisitos. El crédito reduce el costo del bien para fines de depreciación.
Resumen
• Datos básicos del Oficio
Oficio N° 1651, de 29.06.2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
Se consulta al SII sobre la aplicabilidad del crédito por activo fijo del artículo 33 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) a bienes sujetos a depreciación instantánea según el artículo vigésimo segundo transitorio de la Ley N° 21.210. El consultante plantea una posible contradicción al aplicar ambos beneficios.
• Consultas específicas planteadas al SII
¿Es compatible el crédito del artículo 33 bis de la LIR con la depreciación instantánea establecida en el artículo vigésimo segundo transitorio de la Ley N° 21.210?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente)
El consultante percibe una contradicción entre el artículo vigésimo segundo transitorio de la Ley N° 21.210 y el artículo 33 bis de la LIR, al aplicarse este último sobre el 100% del valor de adquisición del bien depreciable.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
Circular N° 41 de 1990.
Artículo 33 bis y 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Artículo vigésimo segundo transitorio de la Ley N° 21.210.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII
El cálculo del crédito del artículo 33 bis de la LIR se realiza consi...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.