SII - Oficio N°666 (01-03-2022)
Oficio N°666 (01-03-2022) del SII
Abstracto
El SII determina que las empresas de leasing son responsables de cumplir los requisitos para la exención del impuesto adicional en la adquisición de camionetas de carga según el Art. 3 de la Ley 20.780, cuando operan como intermediarias.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 666, de 01.03.2022, de la Subdirección Normativa, Dpto. de Técnica Tributaria del SII, relacionado con el cumplimiento de los requisitos para la exención establecida en el inciso cuarto del artículo 3° de la Ley N° 20.780. Se cita la Resolución Exenta N° 119 de 2004 y el Oficio 2402 de 2014.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente de IVA adquirió una camioneta de carga útil menor a 2.000 kilos a través de una empresa de leasing. La empresa de leasing presentó el formulario N° 88 de la Tesorería General de la República con un total a pagar igual a cero.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Quién debe cumplir con los requisitos para optar a la exención establecida en el inciso cuarto del artículo 3° de la Ley N° 20.780, si la empresa de leasing o el comprador vía leasing?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante alude a las instrucciones de llenado del formulario N° 88 contenidas en la Resolución Ex. N° 119 de 2014.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Oficio N° 2402 de 2014 y la Resolución Exenta N° 119 de 2004.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Las empresas de leasing pueden aplicar la exención en la medida...
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