SII - Oficio N°757 (08-03-2022)
Oficio N°757 (08-03-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 757 de 2022, determina que el socio gestor de una entidad extranjera es controlador de esta según el Art. 41 G de la LIR, al poseer facultades exclusivas de administración, lo que le otorga el 100% del control.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 757, de 08.03.2022, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Consulta sobre la aplicación del artículo 41 G de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) respecto a la determinación del control de una entidad extranjera. La estructura de la sociedad extranjera está formada por cuatro accionistas domiciliados o residentes en Chile, con igual participación en el capital (33% cada uno para los socios comanditarios y 1% para el socio gestor). Solo uno de ellos actúa como director (socio gestor), quien tiene facultades exclusivas de administración.
• Consultas específicas planteadas al SII
- Significado de la participación de un 50% o más del derecho a voto.
- Si el derecho a voto se refiere a los derechos de los accionistas o a las facultades de administración del director/socio gestor.
- Si la entidad extranjera puede ser considerada controlada.
- Si el socio gestor es controlador por el solo hecho de tener la administración.
- Relevancia de que el administrador no tenga participación.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) —
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículo 41 G de la LIR.
- Artículo 100 de la Ley N° 18.045.
- Ley ...
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