SII - Oficio N°760 (08-03-2022)
Oficio N°760 (08-03-2022) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario en el Impuesto a las Herencias y Donaciones de un contrato de comodato de un bien raíz arrendado por el comodatario, advirtiendo sobre posibles fiscalizaciones por elusión.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 760, de 08.03.2022, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Técnica Tributaria. Materia: Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones – Ley N° 16.271 – Art. 63 – Código Tributario, Art. 4° bis. Impuesto a las herencias y donaciones en la entrega de un bien raíz en comodato.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un padre entregará en comodato a su hijo un inmueble, quien, a su vez, lo entregará en arriendo. Las obligaciones de mantención, contribuciones y otros gastos recaerán en el hijo, quien declarará en su base imponible de impuesto global complementario las rentas que perciba por dicho arriendo.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si el referido contrato de comodato origina algún hecho gravado con el impuesto a las herencias y donaciones por las rentas que en la práctica percibirá el hijo y, en tal caso, cuál es la base imponible y el procedimiento para seguir para su respectivo pago.
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 2174 del Código Civil (definición de comodato) y los artículos 647 (frutos civiles) y 647 (uso) del Código Civil.
• Fundamentos clave del pronu...
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