SII - Oficio N°817 (10-03-2022)
Oficio N°817 (10-03-2022) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la forma correcta de informar los retiros en la DJ 1948 y el F22 cuando una empresa lleva contabilidad en moneda extranjera pero paga impuestos en pesos, enfatizando el uso de tipos de cambio diferenciados según la declaración.
Resumen
• Datos básicos del Oficio
Oficio N° 817, de 10.03.2022, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
Una sociedad de responsabilidad limitada, sujeta al régimen del artículo 14 letra A) de la LIR, consulta sobre la forma correcta de informar los retiros en la DJ 1948 y los recuadros 15 y 16 del F22, dado que está autorizada a llevar contabilidad en dólares pero paga impuestos en pesos.
• Consultas específicas planteadas al SII
Se solicita ratificar si el procedimiento utilizado por la empresa para transformar los dólares a pesos es correcto, considerando que existe una diferencia entre lo informado en la DJ 1948 (tipo de cambio del día del retiro y reajuste por IPC) y lo informado en los recuadros 15 y 16 del F22 (tipo de cambio al 31 de diciembre).
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente)
La empresa transforma los retiros en dólares a pesos utilizando:
a) Para la DJ 1948: el tipo de cambio observado del día del retiro, reajustado por IPC.
b) Para el F22 (recuadros 15 y 16): el tipo de cambio observado al 31 de diciembre.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículos 14, 54 N° 1 y 62 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR)....
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