SII - Oficio N°826 (10-03-2022)
Oficio N°826 (10-03-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 826 de 2022, se pronuncia sobre el tratamiento tributario en la venta de parcelas de agrado por una persona natural, abordando el costo de adquisición, impuestos aplicables (IVA e Impuesto a la Renta) y la calificación como ingreso no constitutivo de renta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 826, de 10 de marzo de 2022, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Directos. Materia: Tratamiento tributario en la venta de lotes o parcelas realizada por una persona natural.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una persona natural, domiciliada en Chile y sin contabilidad, busca aclarar el tratamiento tributario de la venta de parcelas de agrado provenientes de la subdivisión de dos predios rurales adquiridos en 2011. El proyecto de subdivisión fue autorizado inicialmente en 2016 y reformulado en 2021. Se realizaron obras de mejoramiento (caminos, electricidad, agua potable). A la fecha de la consulta, no se ha enajenado ninguna parcela.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Si es posible incorporar como costo de adquisición las mejoras realizadas al predio.
- Qué impuestos (LIVS e LIR) afectan al propietario desarrollador.
- Si las utilidades de la venta pueden calificarse como ingreso no constitutivo de renta (hasta el tope legal) o aplicar el impuesto especial del 10%.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
- Artículo 17 N°8 letra b) de la Ley sobre Im...
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