SII - Oficio N°2215 (21-07-2022)
Oficio N°2215 (21-07-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2215 de 2022, resolvió que la venta de parcelas resultantes de una subdivisión de terreno rural, sin construcciones, no está gravada con IVA. Tampoco lo está la constitución de servidumbres de tránsito sobre dichos terrenos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2215, de 21.07.2022, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos. Materia: Aplicación del IVA en la venta de parcelas rurales provenientes de una subdivisión.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad es dueña de un terreno rural subdividido y pretende vender las parcelas resultantes. Los compradores constituirán servidumbres de tránsito según el plano de subdivisión. La empresa vendedora se compromete a construir caminos internos sobre dichas servidumbres e instalar servicios básicos en un plazo determinado.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si la venta de los inmuebles y la constitución de servidumbres está gravada con IVA.
• Argumentos del consultante: No expuestos explícitamente en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Art. 2 N° 1 y N° 2 de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS). Oficio N° 3705 de 2021, Oficios N° 2010 de 2017 y 2708 de 2020. Art. 577 del Código Civil. Se cita a Arturo Alessandri, Tratado de Derecho Civil, partes preliminar y general, Tomo II.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La venta de terrenos no está gravada con IVA, según el Art. 2 N° 1 de la ...
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