SII - Oficio N°2286 (26-07-2022)
Oficio N°2286 (26-07-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2286 de 2022, aborda la declaración del IEC negativo en el Formulario 29, especialmente para transportistas de carga, indicando cómo sumar el valor absoluto del IEC negativo a los débitos fiscales según la Ley N° 20.765.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2286, de 26.07.2022, de la Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto específico a los combustibles negativo.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre la declaración en el Formulario 29 del diésel cuando el Impuesto Específico a los Combustibles (IEC) es negativo, y la razón de que la mayoría de esos documentos tributarios aparezcan con un monto negativo. Se pregunta si se puede seguir aprovechando el beneficio tributario para transportistas de carga.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cómo debe declararse en el Formulario 29 el diésel soportado en las facturas de compras cuando el IEC es negativo? ¿Se puede seguir aprovechando el beneficio tributario para transportistas de carga que rebajan un porcentaje del IEC según sus ventas anuales?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente los argumentos del consultante, más allá de la descripción de la situación que motiva la consulta.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Ley N° 18.502 (establece el IEC); Ley N° 20.765 (establece tratamiento del IEC negativo); Art. 20, N° 1, letra b) de la Ley sobre Impuesto ...
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