SII - Oficio N°2644 (31-08-2022)
Oficio N°2644 (31-08-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2644 de 2022, determina que los servicios de recaudación y dispersión de pagos prestados por una sociedad constituyen actividades de agencia de negocios, gravadas con IVA según el Art. 2° de la LIVS.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2644, de 31.08.2022, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del SII. Materia: IVA en servicio de recaudación y dispersión de pagos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad en Chile presta servicios de recaudación y dispersión de pagos a clientes nacionales y extranjeros, a través de una plataforma que permite transacciones mediante transferencias, pagos en efectivo, y procesamiento de tarjetas. La sociedad no es una entidad bancaria ni de apoyo al giro bancario. Los fondos se mantienen en depósito a favor del cliente, y la sociedad gestiona reembolsos. El servicio de dispersión opera mediante transferencias electrónicas a cuentas bancarias informadas por el cliente.
• Consultas específicas planteadas al SII: Aplicabilidad del IVA al servicio de recaudación y dispersión de pagos descrito.
• Argumentos del consultante: No se exponen explícitamente.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Art. 2 N°2 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS); Art. 20 N°3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR); Art. 3 N°7 del Código de Comercio; Oficios N° 3670 de 2002, N° 251 de 2003, N° 2329 de 2004 y N° 4845 de 2004.
• Fundamentos clave del pronunciamien...
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