SII - Oficio N°2804 (14-09-2022)
Oficio N°2804 (14-09-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2804 de 2022, resolvió que una empresa inmobiliaria no puede utilizar ni recibir por cesión el crédito especial para empresas constructoras (CEEC) del DL N° 910, ya que este beneficio es exclusivo para constructoras.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2804, de 14.09.2022, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos. Materia: Improcedencia del crédito especial del artículo 21 del Decreto Ley N° 910 de 1975 para una empresa inmobiliaria. Artículos involucrados: 12 letra F, 23 N° 6 LIVS; 21 DL 910.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El grupo empresarial AAA, compuesto por la inmobiliaria BBB y la constructora CCC, consulta sobre el uso del crédito especial para empresas constructoras (CEEC) del DL N° 910, considerando que BBB encarga a CCC la construcción de sus proyectos mediante contratos a suma alzada.
• Consultas específicas planteadas al SII: 1) Si la inmobiliaria puede usar el CEEC del DL N° 910. 2) Si la constructora puede ceder este beneficio a la inmobiliaria. 3) Qué sucede con la franquicia del N° 6 del artículo 23 de la LIVS para la inmobiliaria.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente los argumentos del consultante, más allá de la descripción de la situación y las preguntas formuladas.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 21 del DL N° 910; artículo 12 letra F y 23 N° 6 de la LIVS; artículo 12 del Decreto Supremo...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.