SII - Oficio N°2924 (29-09-2022)
Oficio N°2924 (29-09-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2924 de 2022, clarifica la obligatoriedad de retención de impuestos en boletas de honorarios según el artículo 74 N°2 de la LIR, diferenciando entre pagadores obligados a retener y aquellos que no lo están.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2924, de 29.09.2022, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Directos. Materia: Obligación de efectuar retención en la emisión de boletas de honorarios por rentas del N° 2 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre la legalidad de pagar honorarios sin retención por labores administrativas, siendo el emisor de la boleta quien pague mensualmente el impuesto de retención, citando la Resolución Ex. N° 83 de 2004.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es legal pagar honorarios sin retención, responsabilizando al emisor de la boleta por el pago mensual del impuesto?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante basa su pregunta en la Resolución Ex. N° 83 de 2004 y otras disposiciones tributarias vigentes, argumentando la posibilidad de que el emisor de la boleta pague directamente el impuesto.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: El SII cita el artículo 42 N°2, artículo 74 N°2, artículo 84 letra b) de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), y las Resoluciones Ex. N° 83 de 2004 y N° 1414 de 1978.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El S...
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