SII - Circular N°50 (27-10-2022)
Circular N°50 (27-10-2022) del SII
Abstracto
La Circular N°50 del SII imparte instrucciones sobre las modificaciones al IVA introducidas por la Ley N° 21.420, que gravan todos los servicios (con excepciones) desde el 1 de enero de 2023, eximiendo a sociedades de profesionales y servicios médicos ambulatorios.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N°50, de 27 de octubre de 2022, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Impuestos Indirectos. Ref. Legal: Artículos 6 N° 1 y 2 y octavo transitorio de la Ley N° 21.420; Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Decreto Ley N° 825 de 1974.
• Contexto normativo y objetivo: Imparte instrucciones sobre las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 a los artículos 2 N° 2 y 12 letra E de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), específicamente sobre la definición de "servicio" y exenciones, y modifica la Circular N° 21 de 1991.
• Alcance y ámbito de aplicación: Aplica a la definición de servicio para efectos del IVA y a las exenciones tributarias relacionadas con sociedades de profesionales y servicios de salud ambulatorios.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
* Nueva definición de “servicio”: Elimina el requisito de que la prestación provenga de actividades de los números 3 y 4 del artículo 20 de la LIR, gravando toda acción o prestación remunerada.
* Gravamen general de servicios: Todos los servicios prestados o utilizados en Chile están gravados con IVA, con excepción de aquellos afectos al impuesto adicional del artículo 59 de la LIR (siempre que ...
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